Considerando que la Unidad de Gestión Educativa Local Pasco cuenta con disponibilidad tecnológica a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas, conforme al numeral 20.4 del artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, “Ley del Procedimiento Administrativo General”, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, AUTORIZO a la UGEL Pasco, para que me notifique electrónicamente, mediante la asignación de una CASILLA ELECTRÓNICA, los actos administrativos que se emitan a consecuencia del Procedimiento Administrativo emitidos a mi nombre.
INSTRUCCIONES:
- Ingrese al sistema y seleccione el menú “Solicitud de Notificación”.
- Complete cuidadosamente los datos requeridos en el formulario.
-
Lea y confirme la sección de
"AUTORIZACIÓN DE NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA"
Al aceptar esta autorización, usted declara conocer y aceptar que:
- La notificación se realizará de manera electrónica.
- Se considerará como notificado el acto administrativo en el momento en que acceda al documento desde el sistema.
- En caso de no ingresar oportunamente, la notificación se entenderá efectuada igualmente conforme a la normativa vigente.
- Una vez enviada la solicitud, el sistema generará un código único de solicitud.
Guárdelo en un lugar seguro, pues será indispensable para el seguimiento.
- Para consultar el estado de su trámite, diríjase a la página “Seguimiento de Solicitud” e ingrese el código generado.
RECOMENDACIONES:
- Mantenga activa y actualizada su dirección de correo electrónico registrada en el sistema.
- Verifique periódicamente su bandeja de entrada y la carpeta de Spam o correo no deseado.
- Recuerde que la autorización de notificación electrónica es indispensable para la validez del procedimiento.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA:
- El plazo para realizar la notificación electrónica del acto administrativo es de cinco (7) días hábiles.
- La UGEL PASCO realiza la notificación mediante correo electrónico en día y hora hábil.
- El acto administrativo estará contenido en un archivo adjunto.
- Puede enviarse más de un mensaje si es necesario fraccionar el archivo.
- En caso sea imposible notificar electrónicamente, se usará otra modalidad de notificación según la ley.